DECLARACIÓN DE JOSÉ MARÍA CÁNOVAS TRAS CONOCERSE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SOBRE EL RECURSO DE AMPARO PRESENTADO POR JOSÉ MARÍA SALA
El Tribunal Constitucional ha resuelto al fin sobre el recurso de amparo presentado por D. José María Sala.
El Alto Tribunal ha estimado nuestros argumentos al apreciar la vulneración de la presunción de inocencia de mi representado en lo que se refiere a su condena por falsedad en documento mercantil, único delito material atribuido a mi defendido, acogiendo los argumentos que se expusieron al solicitar el amparo.
Paradójicamente, el Tribunal Constitucional no ha hecho lo propio con respecto del delito de asociación ilícita. Es preciso recordar aquí que en toda la historia judicial española este tipo delictivo sólo ha sido aplicado en relación con delitos societarios al denominado "caso Filesa". Un delito que, además, tampoco resulta a nuestro juicio probado por la Sentencia del Tribunal Supremo en lo que se refiere a D. José María Sala, extremo en el que discrepamos del criterio mantenido por el Tribunal Constitucional.
Sin perjuicio del necesario análisis en profundidad de la Sentencia del Constitucional y emprender, en consecuencia, las acciones que aún puedan ejercitarse, solicitaremos de inmediato la suspensión de la ejecución de la Sentencia en lo que de ella sigue vivo.
Barcelona, 4 de junio de 2001