El informe del fiscal sobre el recurso de amparo, que no es vinculante para
el Tribunal Supremo, apoya la libertad para el ex senador Sala mientras que
se opone a la de Navarro dada la pena a la que fue condenado
El fiscal del TC pide que se deje en libertad al ex senador Sala
El caso de Navarro es más complicado al estar condenado a 11 años
JOSE MARIA BRUNET
MADRID. -- El Tribunal Constitucional (TC) ordenará la puesta en libertad
del ex senador Josep Maria Sala la próxima semana. El ex diputado Carlos
Navarro cuenta con menos posibilidades de salir pronto de prisión. El fiscal
tiene prácticamente concluido su primer dictamen sobre los recursos de
amparo de Sala y Navarro en relación con el caso Filesa, en el que interesa
la suspensión de la condena en el caso de Sala, pero se opone a dicha medida
en el de Navarro.
El criterio del fiscal no vincula al TC, pero en este caso no le será fácil
rechazar sus tesis, porque el dictamen citado se basa en la doctrina del
propio tribunal sobre cuándo y cómo procede dejar en suspenso una condena
penal, mientras se tramita un recurso de amparo. La puesta en libertad de
Sala, por tanto, puede darse por segura. La situación de Navarro plantea más
incógnitas, porque aunque el fiscal se va a oponer a la suspensión de su
condena, el TC puede desarrollar algunos puntos oscuros de su doctrina y
reinterpretarla de modo favorable al citado ex diputado.
El núcleo de la cuestión reside en la cuantía de las penas impuestas a los
procesados. En el caso de Sala, ascendieron a tres años de prisión, como
autor de un delito de asociación ilícita --por haber participado en el
arranque de las empresas que luego financiaron al PSOE-- y otro de falsedad
en documento mercantil, en relación con la actividad de dichas sociedades.
En el caso de Navarro, las penas totalizan once años de prisión: tres por
asociación ilícita, seis por un delito continuado de falsedad documental y
dos por un delito fiscal.
El dictamen del fiscal parte de la doctrina del Tribunal Constitucional en
la materia, que ha venido a establecer una frontera en los seis años de
prisión. Habitualmente, se ha suspendido la ejecución de las penas menores a
los seis años de privación de libertad, y se ha denegado esa medida en las
de mayor duración. Sala queda claramente dentro del primer grupo y Navarro
dentro del segundo.
Cabe, sin embargo, hacer una salvedad: la doctrina del TC no es clara sobre
qué sucede cuando la condena supera los seis años no por la sanción penal
impuesta por un solo delito, sino cuando es el resultado de la suma de
varias penas. Navarro ha sido condenado por el Tribunal Supremo (TS) a un
total de once años, pero la pena mayor de las que le han sido impuestas es
de seis años. En su caso, pues, existe la posibilidad de que el TC se aparte
de la interpretación restrictiva del fiscal y acuerde también la suspensión
de la condena mientras se tramita el recurso.
De momento, el fiscal se pronuncia sólo sobre estas dos peticiones de
suspensión de la condena, porque es sobre las únicas que el TC se lo ha
pedido.
Copyright La Vanguardia 1997